¿Se está intensificando la UE para la aplicación penal de ESG?

La esfera Ambiental, Social y de Gobernanza (ESG) ha dominado el panorama empresarial y legal internacional en los últimos años. ESG, que se relaciona con indicadores de desempeño no financieros para una inversión o un negocio, permite evaluar el impacto de las acciones corporativas en la tierra en términos de sostenibilidad y ética.

FCPA

Según David S. Schreuders  es socio de  Simmons & Simmons  en Ámsterdam y especialista es el derecho penal financiero y económico dice:»Lo que comenzó como una «ley blanda» incorporada por las directrices de la ONU y la OCDE, ESG se está convirtiendo en una «ley dura». Con ese cambio vienen las obligaciones legales que impulsan la aplicación. 

La UE como motor de la legislación ASG

La Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa de la UE ( CSRD ), en vigor a partir del 5 de enero de 2023, tiene como objetivo ampliar los requisitos de divulgación de sostenibilidad para las grandes empresas, que deben tener en cuenta la debida diligencia y las acciones para prevenir o poner fin a los impactos adversos del negocio. El CSRD requiere informar sobre asuntos de sostenibilidad, definidos como factores ambientales, sociales y de derechos humanos, y de gobernanza, incluidos los factores de sostenibilidad en el sentido del Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR) de la UE, que agrega explícitamente asuntos anticorrupción y antisoborno a esta lista. El SFDR busca lograr una mayor transparencia con respecto a cómo los participantes del mercado financiero y los asesores financieros integran los riesgos de sostenibilidad en sus decisiones y consejos de inversión. 

El 1 de junio de 2023, el Parlamento Europeo aprobó una propuesta de la Comisión Europea para una Directiva de Diligencia Debida Sostenible Corporativa ( CSDDD ). Esta Directiva tiene como objetivo garantizar, a través de la diligencia debida obligatoria en las cadenas de valor globales, que las grandes empresas activas en el mercado de la UE contribuyan al desarrollo sostenible y la transición hacia la sostenibilidad respetando los derechos humanos y el medio ambiente. El Parlamento Europeo consideró explícitamente que las empresas deben considerar los factores de corrupción y soborno al llevar a cabo la diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente. 

La Directiva de reclamos ecológicos ( GCD ) propuesta recientemente por la Comisión Europea tiene como objetivo proteger a los consumidores del lavado ecológico, que es cuando las corporaciones hacen afirmaciones engañosas sobre sus credenciales ecológicas y las comercializan falsamente como sostenibles.

Todas estas iniciativas de legislación de la UE deben verse en el contexto del  Acuerdo Verde Europeo  (2020) y el paquete «Apto para 55», ambos enfocados en alcanzar reducciones de emisiones de carbono en un 55 por ciento antes de 2030 y hacer que la UE sea climáticamente neutral para 2050. . 

Contrariamente a la tendencia de «reacción negativa de ESG» en los EE. UU., por ejemplo, la Ley de Florida relacionada con el activismo gubernamental y corporativo que prohíbe los planes de inversión basados ​​en factores no pecuniarios, incluidos los factores de ESG, la legislación europea de ESG se está desarrollando rápidamente y afecta a toda la industria. sectores 

Delitos comunes en un contexto ASG

El amplio enfoque europeo de sostenibilidad dentro de ESG hace que sea relativamente simple señalar los llamados «delitos clásicos» relevantes para la aplicación de ESG. Ejemplos dentro del  dominio Ambiental  son el fraude con residuos peligrosos o sustancias químicas, uso ilegal o indebido de plaguicidas, comercio ilegal de especies protegidas, etc. En el ámbito  Social , ejemplos de delitos comunes son el trabajo infantil, el trabajo forzado y la esclavitud moderna.

Ejemplos de delitos en el  ámbito de la Gobernanza  son el fraude fiscal y de quiebras, la violación de sanciones económicas y comerciales, las violaciones de diligencia debida contra el lavado de dinero y la corrupción. En un contexto europeo y ESG, los programas de cumplimiento efectivos y sólidos son cada vez más importantes para evitar la responsabilidad penal de las empresas y su gestión.

El Reglamento de deforestación de la UE, vigente a partir del 29 de junio de 2023, ampliará el espectro de violaciones de ESG. A partir del 30 de diciembre de 2024, se prohibirá la disponibilidad de ciertos productos (aceite de palma, soja, madera, cacao, café, ganado y caucho) en el mercado de la UE, a menos que los productos estén libres de deforestación y cumplan con otros requisitos ESG. Este Reglamento contiene un extenso proceso de diligencia debida y un sistema integral de aplicación. 

Lavado de dinero y otros activos

La Directiva de la UE de 2018 sobre la lucha contra el blanqueo de capitales indica 22 delitos como actividad delictiva, que constituyen la base de un delito de blanqueo de capitales cuando se cometen con intención. La trata de personas, la explotación sexual y los delitos ambientales son delitos relacionados con ESG en esa lista. Amplía la jurisdicción: el delito de blanqueo de capitales se extiende a los bienes derivados de una conducta que se produjo en el territorio de otro Estado miembro o de un tercer país, cuando esa conducta constituiría una actividad delictiva si se hubiera producido en el territorio nacional.

Un estudio reciente muestra que el ganado brasileño criado en tierras creadas por la deforestación ilegal en el Amazonas fue lavado a través de un sofisticado sistema de «capas» antes de ser sacrificado en Brasil y enviado a la UE como carne de primera calidad. 

– – – – – 

La legislación integral de la UE sobre temas ESG debería obligar a las grandes corporaciones a mejorar sus programas de diligencia debida y cumplimiento. Las corporaciones deben ser conscientes de que el enfoque ESG de los reguladores europeos podría aumentar las acciones de ejecución penal.

Especialmente debido a la definición ampliada de lavado de dinero intencional de la UE, los enjuiciamientos de la UE podrían surgir incluso de delitos determinantes ESG que no son punibles en el tercer país donde ocurren. Las corporaciones deben seguir mejorando sus programas de cumplimiento para mitigar la posible responsabilidad por delitos financieros».

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Actualidad

Inscribete en nuestros cursos Online